La comisión especial designada por el Senado para conocer
las observaciones del Poder Ejecutivo al proyecto de ley que modifica el Código
Penal en lo referente a la penalización del aborto rindió esta un informe desfavorable.
Con esto el Senado
rechazó la recomendación del presidente Danilo Medina para el Congreso
corrija el tema del aborto.
La comisión la preside el senador Rafael Calderón y la
integran los legisladores José Ignacio Paliza, Félix Nova, Pedro Alegría,
Amarilis Santana, Juan Olando Mercedes, Amable Aristy Castro, Julio César
Valentín y Luis René Canaán.
El proyecto de ley observado por el mandatario impone penas
de hasta tres años a las personas que incurran en el aborto y a las personas
que lo realicen incluyendo a médicos, enfermeras, parteras, cirujanos,
farmacéuticos u otro profesionales que
ayude a causar el mismo, el cual le sería impuesta una pena de hasta 10 años.
Mientras eso sucedía en las afueras de la sede del Congreso,
la Coalición por los Derechos y la Vida
de las Mujeres llamaba al Senado de la República acoger la observación al
Código Penal.
Los grupos feministas portando pancartas insistieron en que
la observación hecha por el Poder Ejecutivo cumple con el mandato
constitucional plasmado en el artículo 38 de la Constitución, el cual dispone
sobre la Dignidad Humana: “El Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad
de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos
fundamentales que le son inherentes. La dignidad del ser humano es sagrada,
innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad
esencial de los poderes públicos”.
Declararon que la sociedad dominicana sigue esperando la
aprobación de un Código Penal que dé respuestas a la realidad social en que
vivimos. “Este no será una pieza legislativa sólida si la observación del Poder
Ejecutivo no está incluida” expusieron.
La República Dominicana sigue estando dentro del listado de
países con las más altas tasas de mortalidad materna en la región, “Cada día
que pasa, sin que se apruebe el Código Penal con las causales es una sentencia
de muerte para las mujeres y sus familias” explicaron.
La penalización absoluta del aborto persiste en contra de la
voluntad de la gran mayoría de la población. Así lo evidencia nuevamente un
estudio recientemente publicado por Profamilia que indica que el 74% de estudiantes
universitarias a nivel nacional está de acuerdo con el aborto cuando la vida de
la mujer corre peligro, 72% por malformación incompatible con la vida y 70% si
es producto de un incesto.
Exigieron la aprobación del artículo presentado por el Poder
Ejecutivo al Congreso Nacional relativo a la despenalización del aborto por
causales: Artículo 110, eximentes. La interrupción del embarazo practicado por
personal médico especializado en establecimiento de salud, público o privado,
no es punible si se agotan todos los
medios certificados y técnicos disponibles para salvar las dos vidas, hasta donde
sea posible. Igualmente no constituye un hecho punible la interrupción del
embarazo en los siguientes casos:
1) Cuando el embarazo sea el resultado de una violación,
rapto o incesto, siempre que se practique dentro de las primeras doce semanas
de gestación y que el mencionado hecho punible hubiese sido denunciado, o sea,
manifiesto que la víctima ha estado en la imposibilidad de hacer la denuncia.
2) Cuando debido a una malformación congénita, clínicamente
establecida, la vida del concebido se considere inviable.
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